Ley 2489 en Colombia: retos y brechas para proteger a la niñez en Internet

El 26 de abril, día de la infancia, Colombia celebra el Día del Niño y la Niña bajo la sombra de una agenda normativa que busca proteger a los menores en el entorno digital. La Procuraduría General de la Nación ha reiterado la necesidad de reconocer a niños, niñas y adolescentes (NNA) como sujetos de especial protección constitucional, mientras UNICEF recuerda que la conmemoración no es solo festiva, sino un llamado a cumplir los compromisos de la Convención sobre los Derechos del Niño.

En este contexto, el país dio un paso histórico el 17 de julio de 2025 al sancionar la Ley 2489, también conocida como la Ley de Entornos Digitales Sanos y Seguros. El texto establece un modelo de corresponsabilidad entre el Estado, las plataformas tecnológicas, las familias y la sociedad civil, con el objetivo de garantizar la seguridad y el bienestar de los NNA en internet.

Índice

¿Qué contiene la Ley 2489 y cómo se plantea su implementación?

Entre los pilares de la norma destaca la corresponsabilidad digital: las obligaciones se distribuyen entre el sector público, los proveedores de servicios en línea, los padres y los docentes. La ley obliga a las plataformas a presentar informes semestrales al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) sobre avances en protección infantil y a ofrecer herramientas de control parental adaptadas a la autonomía progresiva de los jóvenes.

La normativa incluye salvaguardas que exigen que las medidas sean proporcionales, basadas en evidencia y respetuosas de la libertad de expresión y el acceso a los servicios. Además, se contempla la participación del ICBF, la Policía Nacional, la CRC y el MinTIC en la coordinación interinstitucional.

Sin embargo, la efectividad de la Ley 2489 depende de superar dos grandes brechas estructurales: la pobreza digital y la falta de alfabetización mediática.

Brecha digital en Colombia

Ley 2489 en Colombia: retos y brechas para proteger a la niñez en Internet
  • El Índice de Pobreza Digital (IPD) del DNP indica que 16,79 millones de personas (37,9 % de la población mayor de 11 años) viven en pobreza digital, careciendo de acceso a internet de calidad, dispositivos adecuados y habilidades digitales básicas.
  • En zonas rurales la pobreza digital alcanza el 65,5 %, frente al 30 % de las áreas urbanas.
  • El 70 % de la población indígena y el 52 % de la afrodescendiente se encuentran en situación de pobreza digital, con mayor concentración en Guainía, Vaupés, La Guajira y Chocó.

Estas cifras revelan que gran parte de la población no cuenta con los recursos necesarios para cumplir con la supervisión digital que la ley exige a las familias.

Puntos Clave
  • Ley 2489, conocida como la Ley de Entornos Digitales Sanos y Seguros, fue sancionada el 17 de julio de 2025 y establece un modelo de corresponsabilidad entre

Alfabetización mediática insuficiente

  • Solo el 14 % de los padres y el 25 % de los docentes comprenden el concepto de alfabetización mediática, según el estudio “Infancia y Medios Audiovisuales” de la CRC (2024).
  • El 33 % de los encuestados no identifica ninguna herramienta de control parental disponible.
  • El diagnóstico nacional de competencias en Alfabetización Mediática e Informacional (AMI) muestra que los jóvenes universitarios tienen dificultades para distinguir fuentes confiables y responder correctamente a preguntas sobre calidad de los medios y responsabilidad informativa.

Ante la falta de formación, la corresponsabilidad podría traducirse en culpabilización de los ciudadanos en lugar de una protección efectiva.

Riesgos de privacidad y censura señalados por la sociedad civil

Organizaciones como Fundación Karisma, Dejusticia, la Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) y el Centro de Internet y Sociedad de la Universidad del Rosario (ISUR) han advertido sobre dos riesgos principales del proyecto de decreto reglamentario:

  • Exceso de censura: la clasificación ambigua de contenidos podría inducir a las plataformas a moderar de forma excesiva, afectando material periodístico, educativo o artístico.
  • Vigilancia invasiva: la normativa no prohíbe expresamente el uso de datos biométricos o reconocimiento facial para activar el “Modo NNA”, lo que expone a los menores a riesgos de recopilación masiva de información sensible.

El decreto firmado el 16 de abril de 2026 por el Viceministro de Transformación Digital, Giovanny Andrés López Cabezas, incorpora algunas salvaguardas, como la prohibición de recolectar datos biométricos de menores y el veto al perfilamiento algorítmico comercial sin orden judicial.

Propuestas para fortalecer la corresponsabilidad digital

  • Obligar a las plataformas a realizar evaluaciones de impacto infantil antes de lanzar productos o servicios dirigidos a menores.
  • Restringir la publicidad dirigida a NNA y diseñar entornos digitales seguros desde la fase de desarrollo.
  • Implementar la educación digital como parte obligatoria del currículo de educación básica y media, con programas masivos de alfabetización mediática para familias y docentes.
  • Crear un Observatorio Nacional de Infancia y Entornos Audiovisuales con presupuesto garantizado para monitorear la aplicación de la ley.

Iniciativas como “Naveguemos Juntos”, que promueve la “Crianza Digital Inteligente”, buscan cerrar el eslabón más débil del proceso: la capacidad de supervisión de los adultos. Según Mauricio Jaramillo Marín, director general de Impacto TIC, la crianza digital no solo debe prevenir riesgos, sino también aprovechar oportunidades para que los NNA desarrollen habilidades creativas y seguras en el entorno digital.

El debate actual se centra en la reglamentación y la ejecución de la Ley 2489. Como afirma Cristina Escobar, directora de Protección Infantil de Red PaPaz, “los derechos digitales de la infancia no se negocian”. La efectividad de la norma dependerá de cómo se aborden las brechas de conectividad y alfabetización, y de la capacidad del Estado para articular una respuesta integral que proteja a los menores más vulnerables.

Javier Mendoza Silva
Javier Mendoza Silva Periodista

Licenciado en Comunicación Social con mención en Periodismo por la Universidad Central de Venezuela. Tiene 12 años de experiencia en cobertura de política nacional y conflictos sociales, con enfoque en derechos humanos. Ha trabajado para medios impresos, digitales y radiofónicos en Latinoamérica.

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